Política Exterior
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Antártica
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El Departamento Antártica coordina la aplicación de la Política Antártica Nacional, orientada fundamentalmente a la consolidación y fortalecimiento de los derechos soberanos de Chile en el sector que se proyecta hasta el Polo Sur, entre los meridianos 53º y 90º de longitud oeste, el Plan Estratégico Antártico 2006-2010 y a la promoción de los principios del Sistema Antártico en la protección, cooperación y administración del Continente Antártico por los Estados Partes del Tratado Antártico.


El Departamento Antártica tiene por misión impulsar y fortalecer la representación nacional en el ámbito político, científico, legal, presupuestario y de difusión en la comunidad internacional del Sistema del Tratado Antártico, así como de informar a las autoridades nacionales correspondientes, y a los operadores antárticos en particular, los acuerdos y avances que se produzcan en el Sistema Antártico. Este departamento promueve una mayor participación de Chile dentro del Sistema Antártico con el fin de cumplir los objetivos establecidos en la Política Antártica Nacional, en el Plan Estratégico Antártico y de fortalecer la presencia nacional en todos los ámbitos relacionados con la Antártica.

 

Actividades

  • Aplica la Política Antártica Nacional y el Plan Estratégico Antártico 2006-2010, coordina y actualiza la ejecución del Programa Antártico Nacional con la participación de los principales Ministerios interesados en el quehacer antártico, del Estado Mayor de la Defensa Nacional y de los Estados Mayores de las Fuerzas Armadas, de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, de los otros organismos dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores con injerencia en asuntos antárticos -Dirección de Fronteras y Límites del Estado e Instituto Antártico Chileno - entidades académicas, otros organismos públicos y privados, y la XII Región de Magallanes y Antártica Chilena.
  • Prepara y coordina a la delegación nacional que participa en los foros propios del Sistema Antártico, esto es, las Reuniones Consultivas y otras reuniones especiales y de expertos. Promueve y aplica las decisiones que se adopten en dichas instancias. Mantener contacto permanente con la Secretaría del Tratado Antártico.
  • Forma parte de la Comisión Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental de las Actividades Antárticas, CONAEIA, de la CONAMA, que sesiona periódicamente en Punta Arenas.
  • Forma parte de la Comisión Nacional del Año Polar Internacional 2007-2008, la cual es presidida por el Director de DIMA.
  • Actúa como Secretaría Ejecutiva del Consejo de Política Antártica y de sus Comités de Trabajo Permanente de Asuntos Generales, Asuntos Financieros y de la Sección Nacional del Protocolo Antártico, SENPA.
  • Integra grupos de trabajo junto a otras direcciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, instituciones públicas y privadas y organizaciones no gubernamentales para coordinar la posición nacional en aquellos foros internacionales que tratan de asuntos antárticos.
  • Realiza informes específicos a petición de autoridades nacionales y evacua consultas de organismos públicos y privados y de público en general relacionados con temas de su competencia.
  • Efectúa labor de difusión del Sistema Antártico a través de la confección de Compendios temáticos, seminarios, charlas y cursos.

 

 

La Institucionalidad Antártica Nacional:

 

Es el conjunto de organismos públicos y la legislación nacional aplicables al Territorio Chileno Antártico. Asimismo, es el conjunto de tratados, convenios, acuerdos de cooperación antártica suscritos por Chile con otros países del Sistema Antártico y el Instituto Antártico Chileno con otros organismos pares.

 

  • Consejo de Política Antártica:

El Consejo de Política Antártica es un organismo que preside el Ministro de Relaciones Exteriores y que tiene por función determinar las bases políticas, científicas, económicas y jurídicas de la acción nacional en el Territorio Antártico Chileno. Se reúnen generalmente una vez al año. (DFL N° 161 de 1978 de RR.EE., artículos 13 al 15. Se rige por el Reglamento del Consejo de Política Antártica, aprobado por Decreto Supremo N° 495, de 1998, de RR.EE. Publicado en el Diario Oficial del 10.7.1998)

 

  • Política Antártica Nacional del 28 de marzo de 2000:

 

Aprobada mediante Decreto Supremo N° 429 de 2000, de RR.EE. Publicada en el Diario Oficial del 18 de mayo de 2000. (Se puede acompañar foto de la firma de la Política Antártica en el territorio antártico por el ex Presidente Lagos, la ex Ministra de RR.EE. S. Alvear y otras autoridades antárticas nacionales)

 

  • Plan Estratégico Antártico 2006-2010:

Fue aprobado en la XLVI reunión del Consejo de Política Antártica celebrada el 11 de enero de 2006.

 

 

 

El Sistema del Tratado Antártico

Las actividades que se desarrollan en la Antártica se enmarcan en el Sistema del Tratado Antártico, definido como el conjunto formado por el Tratado Antártico, las medidas en vigor según este Tratado, sus instrumentos internacionales asociados vigentes y las medidas legales adoptadas en virtud de dichos instrumentos.

 

  • Tratado Antártico:

 

Suscrito en Washington el 1° de diciembre de 1959, vigente desde el 23 de junio de 1961, garantiza la utilización de la Antártica exclusivamente para fines pacíficos, la no militarización de la zona, la más amplia libertad y cooperación para la investigación científica y la protección del medio ambiente antártico y sus ecosistemas dependientes y asociados. El Tratado protege la posición jurídica de cada uno de sus Estados Partes y específicamente de los reclamantes de soberanía, al prohibir que se realicen nuevas reclamaciones territoriales.

 

Es de duración indefinida y todas sus decisiones se adoptan por consenso. Ha sido suscrito por 47 países, de los cuales 28 son Partes Consultivas (capacidad decisoria plena incluyendo el veto) y dentro de éstas 7 son reclamantes de territorio (Argentina, Australia, Chile, Francia, Noruega, Nueva Zelanda y el Reino Unido) y 19 son Partes Adherentes las cuales tienen solo derecho a asistir a las Reuniones Consultivas. Promulgado por Decreto supremo N° 361 de RR.EE. de 1961, publicado en el Diario Oficial del 14 de julio de 1961 y rectificado en el Diario oficial del 2 de diciembre de 1961

 

  • Cuadro de las Partes Contratantes del Tratado Antártico
  • Cuadro de Reuniones Consultivas del Tratado Antártico y del Comité de Protección del Medio Ambiente del Protocolo Antártico
  • Cuadro de reuniones Consultivas Especiales del Tratado Antártico
  • Lista de Recomendaciones, Medidas, Decisiones y Resoluciones aprobadas en las Reuniones Consultivas del Tratado Antártico
  • Mapa de la Antártica con las reclamaciones territoriales
  • Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y sus 6 anexos:

 

Adoptado en Madrid el 4 de octubre de 1991 y vigente desde el 14 de enero de 1998. Este Protocolo es un complemento del Tratado Antártico que no lo modifica ni enmienda. Las Partes Contratantes se comprometen a una protección global de la Antártica designada como una reserva natural, consagrada a la paz y a la ciencia. El Protocolo establece un Comité para la Protección del Medio Ambiente, CEP, facultado para asesorar y elevar recomendaciones a las Reuniones Consultivas, el cual se reúne todos los años previo a la Reunión Consultiva. Este instrumento contiene por el momento los siguientes Anexos: I. Evaluación del Impacto sobre el Medio Ambiente; II. Conservación de la Fauna y Flora Antárticas; III. Eliminación y Tratamiento de Residuos; IV. Prevención de la Contaminación Marina; V. Protección y Gestión de Zonas y VI. Responsabilidad Emanada de Emergencias Ambientales. Promulgado por Decreto Supremo N° 396 de RR.EE. de 1995 y publicado en el Diario Oficial del 18 de febrero de 1998.

 

  • Cuadro de las Partes Contratantes del Protocolo Ambiental
  • Cuadro de las Partes Contratantes del Tratado Antártico y del Protocolo Ambiental• La Secretaría del Tratado Antártico:

 

Es el órgano permanente de carácter administrativo, establecida en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, el año 2004, en virtud de lo dispuesto en la Medida 1 (2003) de la XXVI Reunión Consultiva del Tratado Antártico. Aprobada mediante Decreto Supremo N° 59, de RR.EE. de 2007 y publicada en el Diario Oficial del 5 de junio de 2007. www.ats.aq

  • Texto de la Medida 1 (2003) que establece Secretaría del Tratado Antártico
  • Convención para la Conservación de las Focas Antárticas, CCFA:

 

Aprobada en Londres, Reino Unido, el 1° de junio de 1972 y suscrita en la misma ciudad el 28 de diciembre del mismo año. Entró en vigor el 11 de marzo de 1978. Promulgada por Decreto Supremo N° 191, de RR.EE. de 1980 y publicada en el Diario Oficial del 24 de abril de 1980.

 

  • Cuadro de las Partes Contratantes de la Convención de las Focas
  • Convención para la Reglamentación de las Actividades sobre Recursos Minerales Antárticos, CRAMRA:
    Adoptada en Wellington, Nueva Zelanda el 2 de junio de 1988. No entró en vigor.
  • Listado y mapas de Áreas Protegidas y Administradas en el Territorio Chileno Antártico
  • Listado y mapas de Sitios y Monumentos Históricos en el Territorio Chileno Antártico
  • Listado de Bases Antárticas Chilenas con antecedentes y fotos
  • Legislación Antártica Nacional
  • Listado de Tratados, Acuerdos, Convenios y Memorando de Entendimiento suscrito entre Chile y Partes del Tratado Antártico
  • Puntos Nacionales de Contacto del Sistema Antártico
  • Fichas de cada Parte Contratante del Tratado Antártico
  • Turismo antártico y Actividades No Gubernamentales


En la actualidad Chile desempeña los siguientes cargos en el Sistema Antártico:

  • Consejo de Administradores de Programas Antárticos Nacionales COMNAP, que lo integran 29 países del Tratado Antártico. Fue elegido Presidente por el período 2008 - 2009 el Dr. José Retamales, Director del Instituto Antártico Chileno, INACH.

 

  • Reuniones Consultivas del Tratado Antártico: Preside el Grupo de Trabajo sobre Asuntos Operaciones el Dr. José Retamales, Director del Instituto Antártico Chileno, INACH.